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| Prestamo Hipotecario, ¿Qué es ? |
Probablemente no tenga todo el dinero que necesita para comprar su vivienda y tenga que recurrir a un préstamo hipotecario de una Banco o Caja de
Ahorros y realizar una hipoteca sobre la casa que compra. El préstamo hipotecario
tiene como particularidad que toma como garantía real la vivienda (casa,
chalet, bungalow, apartamento...) a favor de la entidad financiera que
presta el dinero. Esto significa que, en caso de no cumplir las condiciones
acordadas en la concesión del préstamo, el Banco o caja pasaría a ser la
titular propietaria del inmueble. Por tanto, usted hipoteca su casa en
favor de la entidad financiera, hasta que le haya devuelto la totalidad
del préstamo en las condiciones y plazos acordados mediante contrato. Esta
garantía, que toma como contrapartida la propia vivienda, es lo que explica
que el tipo de interés que generalmente se aplica sean más bajo que los
préstamos personales existentes en el mercado. Usted hipoteca su casa y
el banco, al obtener una garantia en la propia vivienda hipotecada, disminuye
sus riesgos y sus tipos de interés.
Legistación Hipoteca. Existe una legislación específica sobre este tipo
de préstamos que es de las más avanzadas de Europa. Al hacer la hipoteca,
tendrá que cumplir una serie de trámites legales que tratan de garantizar
la mayor transparencia :
- El Banco o Caja debe entregar una oferta vinculante con diez días de antelación en la que se recojan todos las condiciones
financieras de la operación.
- Participa un notario con el otorgamiento de una escritura pública. El notario tiene la obligación de advertir de cualquier
anomalía legal que pueda presentar el contrato y verificar que coincide exactamente con la oferta vinculante que la entidad
hizo a la persona que contrata el préstamo. El contrato debe estar en la notaría con un mínimo de tres días de antelación a
la firma para que pueda ser consultado previamente por el cliente antes de la firma.
- La constitución de la hipoteca además exige la mayor publicidad a través de su inscripción en el Registro de la Propiedad.
El registrador tiene obligación de "calificar la hipoteca", esto es, decidir si es o no inscribible de acuerdo a la Ley.
Además tiene la obligación legal de dedicar una parte de su jornada laboral a los ciudadanos que pidan su asesoramiento.
- El Banco de España, máxima autoridad monetaria en España, calcula y publica los índices de referencia que regulan la
indexación del tipo de interés en los préstamos variables.
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