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Jornada laboral y control horario

Ayer domingo 12 de mayo arrancó la puesta en marcha de las nuevas medidas del gobierno para evitar las miles de horas «gratis» que se realizan en España, además de la recaudación que ello conllevaría para la Hacienda Pública. La puesta en marcha del registro de la jornada laboral que obliga a las empresas a controlar las horas trabajadas para evitar fraudes en excesos de jornada laboral. Esta norma fue aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de marzo.

 

Para empresas del tipo ETT (empresas de trabajo temporal) esto no supone un problema inmediato ya que se lleva realizando este control desde su creación por parte del Gobierno Socialista de Felipe González. Todo empleado de una ETT lleva un control de horas semanal, el cual es enviado por el trabajador el último día de la semana a la administración de la empresa que se encarga de contabilizar las horas realizadas para facturárselas posteriormente a la empresa cliente.

Para grandes empresas tampoco supone inversión alguna ya que llevan muchos años con este sistema implantado, el «control de presencia«, fichas al entrar y fichas al salir, incluso varias veces al día, en la hora de la comida, salida para ir al médico etc…

Es más, en empresas como IBM Global Services ademas se lleva un control por parte del trabajador de las horas semanales, esta vez no para el control horario de la jornada laboral sino para imputar tiempos a las labores diarias de cada empleado, es decir, necesitan saber cuantas horas del día utilizas de trabajo administrativo, relación con los clientes, trabajo técnico etc para imputarlas a determinados proyectos.

Entonces las verdaderas empresas afectadas serían las pymes y autónomos con personal contratado que actualmente no tienen ningún tipo de control horario. El decreto ley publicado en el BOE dice que éste debe elaborarse «mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa». Este puede ser manual como hemos comentado o tecnológico (tarjeta magnética, biométrico etc).

Jornada laboral y control horario
Fotos: Pixabay.com

Según el Ministerio de Trabajo, el modelo de registro horario debe de cumplir unos requisitos de fiabilidad, demostrar que no sea manipulable y mostrar las pautas de descansos para que no computen como horas trabajadas.

El tiempo de trabajo efectivo es, en teoría, aquel que un empleado destina durante su jornada laboral a las tareas propias de su puesto. No incluye los espacios de pausa o descanso, como el tiempo para comer o los permisos. Uno de los elementos principales del cumplimiento de esta normativa estriba en la ley de protección de datos.

Deberán guardarse durante cuatro años y estarán a disposición de los trabajadores, representantes sindicales y la Inspección de Trabajo por supuesto. No conservar estos documentos conllevarán sanciones desde 626 a 6.250 euros.

En caso de no llegar a un acuerdo entre empresarios y trabajadores que método utilizar para el control de horas, será el empresario el que determine dicho método

El control horario debe efectuarse «sin perjuicio de la flexibilidad horaria». Por tanto, la empresa y los trabajadores deben pactar algún tipo de mecanismo para reflejar las horas realizadas por un trabajador con jornada atípica.

 

  • ¿Y el teletrabajo? Mas de lo mismo, sera el teletrabajador y la empresa quienes articulen mecanismos para controlar cuantas horas trabajan. Estamos seguros que tras la avalancha de dudas surgidas para este tipo de trabajadores habrá algún cambio o legislación adicional, viajes, flexibilidad horaria etc.
  • ¿Y los autónomos? No necesitan realizar este control a no ser que tengan asalariados. Entonces si tendrán que actuar como empresarios y el asalariado como trabajador y llevar el control de horas.
  • ¿Directivos, alta dirección? Están exentos del control horario
  • ¿Cooperativas? Igualmente, exentos los trabajadores societarios.

En principio y para mayor celeridad hasta que las pymes busquen soluciones definitivas lo que articularía es lo siguiente. Una hoja de ficha diaria con el nombre de todos los trabajadores y planificada para anotar hora de entradas y salidas con la firma del propio empleado. Papel autocopiativo (opcional), con una hoja excel se hace de inmediato

Para mas información visita el enlace PDF del Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo BOE.

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